Buenos días mamas……
El último mes se estan publicando cientos de noticias en todos los medios relativas a la sentencia del Tribunal Supremo que determina que las prestaciones públicas por maternidad de la seguridad social, aquella que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria.
Lo que viene a decir la sentencia, es que todas aquell@s padres y madres que han percibido prestaciones por maternidad y paternidad desde el año 2014 podrán presentar en la Agencia Tributaria una liquidación paralela reclamando la devolución de ingresos indebidos.
En un primer momento, se publicaba la noticia pero no se daban datos concretos sobre como iba a ser el procedimiento y sobre como iba a afrontar esto la Agencia Tributaria; sin embargo, conforme iban pasando los días los datos iban aumentando, unos medios publicaban que la Agencia Tributaria iba a publicar en breve un formulario para facilitar el proceso, que estaba elaborando todo un mecanismo para agilizar estos trámites a través de sus sede electronica. Mas tarde publicarón que la Agencia Tributaria habia afirmado que iban a desestimar las peticiones por defecto para obligar a los contribuyentes a acudir al Tribunal Economico Administrativo, etc….
Bueno, la realidad es que ha fecha de hoy no han elaborado ni facilitado ningún formulario concreto, ni habilitado ninguna plataforma específica para ello, pero en CEACOSA estamos al día de todos los avances y os iremos informando de todas las novedades. Sin embargo, aquellos que quieran ir agilizando el proceso puede ponerse en contacto con nosotros, a través de email o llamada telefonica y le informaremos de los pasos que hay que seguir.
En CEACOSA te ayudamos en todo lo que necesites, consultanos sin ningún tipo de compromiso.