El próximo 11 de abril de 2023 arrancará esta campaña a través de la web de la Agencia Tributaria donde se deberán introducir todos los ingresos que se han tenido a lo largo de 2022 y también los gastos desgravables.

Estos son los Bizum que Hacienda exige que declares.

 Los Bizum que se hacen de manera esporádica no se deben declarar. Pero cuando esta es una práctica habitual o supera cierto umbral económico las cosas cambian completamente. En concreto las situaciones donde si se deben declarar serán:

  • Cuando las cuantías superen el umbral de los 10.000 euros anuales. A partir de esta cifra la propia entidad bancaria informará al fisco sobre este movimiento, pero tu también deberás hacerlo para que se puedan cruzar los datos correctamente.
  • Si el Bizum es una herramienta para recibir ingresos con una rentabilidad económica. Aquí entra por ejemplo el pago que te hace tu inquilino del alquiler, ya que se deberá declarar como si se hiciera a través de una transferencia tradicional.
  • Cuando un autónomo cobra sus servicios o ventas a través de Bizum, siendo un claro rendimiento económico relacionado con la actividad laboral.

Y es que este punto es realmente interesante, puesto que los autónomos cada vez con mayor frecuencia ofrecen a sus clientes un sistema de pago rápido a través de Bizum. Pero este ingreso también debe estar acompañado de una factura o recibo donde se recoja el IVA y también el IRPF que te has podido retener. Estos datos son necesarios tanto para la declaración de la renta como para el registro contable que se debe llevar para ingresar el IVA trimestral.

De esta manera todos los Bizum que puedes recibir como la el pago a una cerveza de un amigo o la entrada del cine no los vas a tener que declarar. Estará totalmente limitado a aquellas transacciones que hagas de tu actividad laboral o que te ofrezca algún rendimiento del cual debas declarar su IRPF.